Los recursos acumulados en una Afore que sean entregados a los beneficiarios de un trabajador fallecido quedarán exentos del pago de ISR, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El máximo tribunal explicó que el dinero de estas cuentas pertenece al trabajador y se integra a partir de aportaciones realizadas durante su vida laboral. Por ello, su entrega a los beneficiarios después del fallecimiento no debe recibir un tratamiento fiscal menos favorable.
La resolución establece que la designación de una persona beneficiaria cumple una función similar a la de un legado, por lo que no es necesario acreditar formalmente la calidad de legatario para acceder a la exención.
El criterio fue aprobado con una votación de seis a tres y representa una definición relevante para las familias que tienen derecho a recibir recursos de cuentas de ahorro para el retiro.